Es el instrumento público por medio del cual se transmite la propiedad de bienes inmuebles.
Su finalidad es la de transmitir legalmente y con la seguridad jurídica que exige la ley los bienes inmuebles que están en el comercio, que puede ser una casa habitación, un terreno o un local comercial, ya sea a título oneroso o a título gratuito.
COMPRAVENTA

La compraventa es un contrato por virtud del cual una persona transfiere a otra la propiedad de un bien, a cambio de un precio cierto y en dinero.



DONACIÓN

La donación es un contrato por el cual una persona llamada donante transfiere gratuitamente, una parte o la totalidad de sus bienes presentes a otra persona llamada donatario.



PERMUTA

La permuta es un contrato por el cual cada uno de los contratantes trasmite un bien por otro.



DACIÓN DE PAGO

El deudor puede dar en pago sus bienes a sus acreedores. Esta dación, salvo pacto en contrario, sólo lo libera por el importe líquido de los bienes entregados. Los convenios que al efecto celebren el deudor y sus acreedores, se sujetarán a las reglas de la concurrencia y prelación de créditos.



ADJUDICACIÓN POR HERENCIA

La adjudicación por herencia se da cuando los herederos universales o los legatarios legalmente reconocidos en un procedimiento sucesorio, heredan los bienes inmuebles que eran propiedad del autor de la sucesión o difunto.



ADJUDICACIÓN JUDICIAL

La adjudicación judicial es el resultado de un juicio contencioso por medio del cual una persona adquiere un inmueble por orden del juez y a su vez el juzgador ordena se lleve a cabo la escritura pública ante Notario.



FIDEICOMISO

En virtud del fideicomiso, el fideicomitente transmite a una institución fiduciaria la propiedad o la titularidad de uno o más bienes o derechos, según sea el caso, para ser destinados a fines lícitos y determinados, encomendando la realización de dichos fines a la propia institución fiduciaria.

8 días, a partir de que se entregue a la Notaria la documentación completa.

  1. Antecedentes de propiedad
  2. Recibo Predial al corriente
  • Que esté pagado hasta la fecha de escritura
  • Superficie del terreno
  • Superficie de construcción
  • Ubicación correcta
  • Nombre correcto del Propietario
  • Cuenta y Clave Catastral
  1. Recibo del agua
  2. Plano del inmueble
  3. Certificado de No Adeudo
  4. No Adeudo condóminos en su caso
  5. Certificado de libertad o Gravamen
  6. Pre –avalúo
  7. En caso de la presentación de comprobantes revisar en los recibos de luz o teléfono los siguientes requisitos:
  • Recibo a nombre del propietario, al de su cónyuge, ascendentes o descendientes consanguíneos en línea recta
  • Que el recibo sea del inmueble enajenado
  • Que los recibos cubran 6 meses o más
  • Si acreditan con el IFE revisar que esté a nombre del propietario y que la dirección coincida con inmueble
  1. Identificación oficial de ambas partes

 

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